Los diputados de la LXII Legislatura aprobaron reformar la fracción VII del artículo 48 de la Ley de Hacienda del Estado de Sinaloa, para modificar dentro del catálogo de derechos que se causan por los servicios públicos prestados por las autoridades de tránsito, la temporalidad con que se cobrará cada permiso eventual de servicio público, por lo que dicho cobro en lugar de ser de forma diaria, será semanal.
De acuerdo al documento, la medida pudiera considerarse como el otorgamiento de un incentivo a los concesionarios y permisionarios del servicio público de transporte, ya que de conformidad a la reforma, se estará proporcionando un ahorro considerable por el pago de los servicios prestados por las autoridades de tránsito.
Con lo anterior, se estará permitiendo que por cada permiso eventual de servicio público, la temporalidad con que se pague sea de manera semanal y no diario, sin incrementar los porcentajes de cuota del valor diario de la Unidad de Medida y Actualización Vigente.
Asimismo, se estará beneficiando la población sinaloense como usuaria del servicio público de transporte de pasaje, de igual manera, se estará brindando un apoyo a permisionarios y concesionarios en el ánimo de que no incrementen las tarifas y puedan solventar los gastos de operatividad.