El Congreso del Estado de Sinaloa recibió iniciativa del Ejecutivo estatal para obtener un crédito por 751 millones 437 mil 373 pesos, con el objetivo de reestructurar o refinanciar pasivos bancarios hasta por este monto.
De ser aprobada por diputadas y diputados, será la Secretaría de Administración y Finanzas la que realice las gestiones administrativas, financieras y legales necesarias para contratar de manera directa con cualquier institución integrante del sistema financiero mexicano que ofrezca las mejores condiciones de mercado financiero, uno o varios financiamientos por hasta el monto señalado.
Con ello se autorizará al Estado de Sinaloa, por conducto de sus funcionarios legalmente facultados, de acuerdo al marco jurídico aplicable, a celebrar un Convenio Modificatorio al Contrato de apertura de crédito celebrado el 12 de septiembre de 1997, entre el Fideicomiso 866 y la institución financiera Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, Sociedad Nacional de Crédito, hasta por la cantidad de $454’100,000.00(Cuatrocientos Cincuenta y Cuatro Millones, Cien Mil Pesos), a precios de julio de 1997, contrato que fue trasladado al Fideicomiso Bis 2063 “Fideicomiso Bis Autopista Benito Juárez”, como resultado de la extinción del Fideicomiso 866.
De acuerdo a la iniciativa del Ejecutivo, el plazo de contratación será hasta por 18 años, a partir de la fecha en que se celebren el contrato o los contratos de crédito bancarios respectivos o bien, a partir de la fecha en que se realice la primera disposición de los recursos.
El o los financiamientos se contratarán con las tasas de interés que ofrezcan las mejores condiciones de mercado, de conformidad con los Lineamientos de la Metodología para el Cálculo del Menor Costo Financiero y de los Procesos Competitivos de los Financiamientos y Obligaciones a Contratar por parte de las entidades federativas, los Municipios y sus Entes Públicos.
Como fuente de pago se establece que será un porcentaje de las Participaciones Federales presentes y futuras que le correspondan al Estado, conforme a lo previsto en la Ley de Coordinación Fiscal.
En el artículo décimo de la iniciativa presentada se establece que se autoriza al Estado para que de manera directa a través del Ejecutivo o bien por conducto de la Secretaría de Administración y Finanzas, para que conforme a lo establecido en el presente Decreto, negocie y acuerde todas las bases, condiciones, términos y modalidades, convenientes o necesarios en los contratos de crédito y demás documentos relacionados con los actos autorizados en el presente Decreto, así como para efectuar todos los actos que se requieran o sean convenientes para ejercer e instrumentar las autorizaciones concedidas.