La Asociación Internacional de Transporte Aéreo (IATA) señaló que México podría incurrir en incumplimiento de los tratados bilaterales que sostiene al menos con 70 países con el anteproyecto de decreto para cerrar el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM) a operaciones de carga.
Expertos afirman que los reclamos y amparos podrían llegar por dos vías: por los mismos transportistas y, en menor medida, por parte de los estados con lo que se tienen dichos acuerdos, los que podrían hacer un reclamo diplomático de incumplimiento.
“En acuerdos bilaterales tenemos la obligación de respetar las rutas asignadas, si se quitan, México estarían incumpliendo un tratado internacional, el tema sería la presión diplomática de los países que así lo determinen; sin embargo, a nivel nacional los transportistas son quienes pueden interponer un juicio de amparo alegando violación a los derechos que devienen de esos tratados, pero no es genérico, México tiene 70 tratados y sería necesario analizar cada uno”, sostuvo Rogelio Rodríguez, abogado aeronáutico.
Por su parte, Carlos Torres, experto del sector aéreo, coincidió en las aerolíneas son las que podrían interponer los amparos, porque son las que alegaría que el decreto tendría una afectación bajo cada uno de los acuerdos bilaterales.
“Las aerolíneas son las que tendrían que interponer algún tipo de amparo, o sea, ni la Canaero ni la IATA, pueden ampararse, son las aerolíneas a nivel individual, porque son a quiénes directamente atienden el título de concesión. No veo que vaya por el lado diplomático, o sea, la aerolínea se ampararía en lo individual con base en el acuerdo bilateral”, explicó.
No obstante, Rodríguez sostuvo que sí podría haber algún tipo de presión en la vía diplomática, con un reclamo a través del derecho internacional, en el que sus mecanismos son más de presión que de sanciones.
“El plano diplomático con los efectos del derecho internacional, en el que sus mecanismos son de presión, no son tratados comerciales, son acuerdos bilaterales en materia aérea, por lo que no tienen paneles de solución de controversias, simplemente están circunscritos al cumplimiento de las obligaciones de los estados”, mencionó.
Es importante recordar que los acuerdos bilaterales en materia aérea que tiene México con otras naciones, regulan, en general, la operación entre un país y otro, tanto en las operaciones de pasajeros y los de carga.
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