El Congreso del Estado de Sinaloa reformó el Código Penal para hacer imprescriptibles los delitos de feminicidio y los de carácter sexual cometidos en contra de menores de edad y personas que no tienen capacidad de comprender o repelerlo.
En sesión pública extraordinaria, de forma unánime, diputadas y diputados aprobaron el dictamen elaborado por la Comisión de Justicia, reformando el artículo 122 Bis del Código Penal para el Estado de Sinaloa.
Con esta reforma el ejercicio de la acción penal y la ejecución de las sanciones por delitos en materia de feminicidio y aquellos cometidos en contra de la libertad sexual y el normal desarrollo de menores de edad o de personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o de resistirlo, son imprescriptibles.
Durante la discusión del dictamen, a favor del mismo, hablaron las diputadas Alma Rosa Garzón Aguilar, Jesús Angélica Díaz Quiñónez, Francisca Abelló Jordá y el diputado Jorge Iván Villalobos.
Uno de los delitos que más alarman a la sociedad, son los de carácter sexual, en especial aquellos cometidos en contra de niñas, niños y adolescentes.
Lo mismo ocurre con el asesinato de mujeres por las vejaciones a que son sometidas, delitos que revisten especial preocupación, tanto por el estado de vulnerabilidad de las víctimas, como por el nivel de impunidad con el que se presenta.
Con estas reforma diputadas y diputados evitan que se extinga la pretensión punitiva y la potestad para ejecutar las penas y medidas de seguridad por parte del Estado, en los casos siguientes:
- a) Delitos de carácter sexual cometidos en contra personas menores de edad;
- b) Delitos cometidos en contra personas que no tiene capacidad para comprender el hecho o de resistirlo; y
- c) El feminicidio.
Establecer como imprescriptibles los delitos cometidos en contra de estos grupos vulnerables, se garantizaría la posibilidad de que la víctima en cualquier momento pueda denunciar los hechos delictivos cometidos en su contra durante esa etapa vulnerable de su vida.
Es por ello que, añadir esta reforma a nuestro Código Penal, garantizaría hacer efectivo en cualquier tiempo, el derecho universal de acceso a la justicia a estos grupos de personas en condición de vulnerabilidad.
Emitido el Decreto, entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial “El Estado de Sinaloa”.