Culiacán, Sinaloa. A 8 de mayo de 2025.-
En Sesión Ordinaria de este jueves, el Congreso del Estado de Sinaloa dio lectura a iniciativa presentada por el Grupo Parlamentario del PRI que propone adiciones a la Constitución Política del Estado de Sinaloa en materia de elevar a rango constitucional la figura de “Cabildo Abierto” como mecanismo de participación ciudadana.

La iniciativa tiene como objeto incorporar en la Constitución local el derecho de toda persona a presentar propuestas, opiniones o proyectos ante los Ayuntamientos mediante el mecanismo de Cabildo Abierto, así como la obligación de las autoridades municipales de calendarizar, celebrar y resolver de manera fundada y motivada las peticiones ciudadanas.

Además, se establece expresamente que las decisiones municipales derivadas del Cabildo Abierto no podrán ser objeto de positiva ni negativa ficta, asegurando que cada solicitud presentada reciba una respuesta clara, fundamentada y transparente, evitando con ello que la omisión o negligencia gubernamental desvirtúen este mecanismo de participación.

Se propone adicionar el artículo 4 Bis D, el cual establece que “Toda persona, colectivo de personas o grupos legalmente organizados en el Estado tienen el derecho a presentar propuestas, iniciativas, opiniones o proyectos sobre temas de interés general ante los Ayuntamientos y autoridades municipales, a través del mecanismo de participación ciudadana denominado Cabildo Abierto.

Los Ayuntamientos garantizarán el acceso equitativo, incluyente y libre de discriminación a todas las personas y grupos sociales que deseen participar en este mecanismo. Las resoluciones derivadas de los Cabildos Abiertos deberán ser debidamente fundadas y motivadas, no podrán ser objeto de negativa ficta”.

De igual manera se propone que sea el Tribunal Electoral del Estado de Sinaloa la instancia que garantizará un procedimiento ágil y expedito para la revisión de los actos u omisiones de las autoridades municipales en este ámbito.
Asimismo, se establece que el desacato a las resoluciones del Tribunal Electoral en materia de celebración obligatoria de sesiones de Cabildo Abierto, o bien, la reincidencia, serán causas suficientes para la aplicación de sanciones y procedimientos administrativos en contra de las autoridades responsables, así como el inicio de juicio político para integrantes de los Ayuntamientos que incurran en dichas faltas.

La iniciativa se turnó a la Comisión de Puntos Constitucionales y Gobernación para su análisis y dictaminación.

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