Culiacán, Sinaloa, 15 de abril de 2025.-
Diputadas y diputados dieron lectura a dos iniciativas en la Sesión Ordinaria de este martes, una de las cuales es propuesta por el Grupo Parlamentario de Morena para favorecer en actos registrales a jornaleras y jornaleros, así como a personas migrantes e indígenas.
Ambas iniciativas fueron turnadas para su segunda lectura.
*La Iniciativa del Grupo Parlamentario de Morena propone adicionar un segundo párrafo al artículo 1097 y el artículo 1097 Bis al Código Familiar del Estado de Sinaloa, en materia de actos registrales dirigidos a personas trabajadoras del campo, como jornaleras y jornaleros, migrantes e indígenas.
El segundo párrafo que se adicional al artículo 1097 establece que:
“Las personas trabajadoras del campo que laboren en tareas agrícolas de manera temporal o permanente, como las jornaleras y jornaleras migrantes e indígenas deberán recibir todas las facilidades asistenciales para satisfacer los requisitos necesarios para cada acto”.
El citado artículo señala que “Los oficiales del registro civil autorizarán los actos del estado familiar y extenderán las actas relativas a nacimiento, reconocimiento de hijos, matrimonio, concubinato, divorcio y defunción de los mexicanos y extranjeros en la entidad, al realizarse el hecho o acto de que se trate, asimismo, inscribirán las ejecutorías que declaren el registro de hijos acogidos, la ausencia, la presunción de muerte, la tutela, que se ha perdido o limitado la capacidad legal para administrar bienes y las resoluciones administrativas o judiciales que ordenen el levantamiento de una nueva acta de nacimiento para el reconocimiento de identidad de género, previa anotación correspondiente al acta de nacimiento primigenia, siempre y cuando se cumplan las formalidades exigidas por los ordenamientos jurídicos aplicables; las cuales se asentarán en documentos especiales que se denominarán”.
El artículo 1097 Bis que se propone, establece que:
“El oficial del registro civil en colaboración con las dependencias y entidades de la Administración Pública Estatal y Paraestatal y de los Municipios que por la naturaleza de sus funciones se vinculen con la prestación de servicios de asistencia social, deberá asistir a las Campañas lnterinstitucionales que se realicen, para atender a las personas trabajadoras del campo que laboran en tareas agrícolas de manera temporal o permanente, como las jornaleras y jornaleras migrantes e indígenas, para brindar los servicios que presta, de forma gratuita, cuando menos dos veces por temporada”.
*Iniciativa del Grupo Parlamentario del PRI que propone reformar y adicionar diversas disposiciones de la Ley de Desarrollo Sustentable del Estado de Sinaloa, en materia de garantizar la paridad de género en todas las actividades estratégicas, programas y políticas de desarrollo rural.
La propuesta es reformar las fracciones X y XI, del artículo 2, y cuarto párrafo del artículo 60, y se adicionan la fracción XII, del artículo 2, y un segundo párrafo al artículo 20, de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable del Estado de Sinaloa.
El objeto es alinear esta ley al contexto nacional e internacional mediante la incorporación de algunos aspectos como el principio de paridad de género; que los planes y estrategias del estado incorporen la participación de mujeres en la toma de decisiones; y para que los recursos y apoyos financieros se distribuyan de manera paritaria considerando el género de la persona beneficiaria y garantizando que las mujeres del sector rural tengan acceso a financiamiento, capacitación y asistencia técnica.
Con ello se pretende fortalecer el marco normativo estatal y promover el empoderamiento de las mujeres rurales que sin duda contribuyen al desarrollo económico sustentable de Sinaloa.
Uno de los párrafos a adicionar establece textualmente: “Garantizar la paridad de género en todas las actividades de desarrollo rural, asegurando la plena participación de las mujeres en la toma de decisiones, acceso a financiamiento, capacitación y recursos productivos, así como el reconocimiento de su papel en la economía rural”.
Otro párrafo que se propone adicionar establece que se “deberán integrar la perspectiva de género en todas las estrategias, programas y políticas de desarrollo rural, asegurando la participación equitativa de las mujeres en la toma de decisiones, el acceso a recursos productivos y la implementación de proyectos que promuevan su empoderamiento económico y social en las comunidades rurales”.
Ambas iniciativas fueron turnadas a una segunda lectura.