La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) decidió, por unanimidad, que Lenia Batres Guadarrama no podrá utilizar el sobrenombre de “ministra del pueblo” en la boleta electoral. Esta resolución se produjo a menos de 24 horas de que Batres impugnara el acuerdo del Instituto Nacional Electoral (INE), justo cuando se está por iniciar la impresión de las boletas para la elección de ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
Durante una sesión pública celebrada el jueves por la noche, el Tribunal discutió y aprobó un proyecto presentado por la magistrada presidenta Mónica Soto. El Tribunal consideró infundados e inoperantes los argumentos de Batres, quien sostenía que el INE debía aceptar su sobrenombre porque su postulación proviene de un pase directo otorgado por la Constitución y porque actualmente ocupa el cargo al que aspira.
El TEPJF aclaró que, aunque las candidaturas tienen derecho a la libertad de expresión, este derecho no es absoluto en el contexto electoral. Se subrayó que el uso de sobrenombres o acrónimos en las boletas debe sujetarse a condiciones específicas establecidas por la normativa electoral, y que no deben emplearse términos que puedan confundir a los votantes o que constituyan propaganda electoral.
La negativa a permitir sobrenombres en la boleta busca proteger la integridad del proceso electoral y asegurar una competencia justa entre los candidatos. El Tribunal argumentó que permitir el uso de sobrenombres podría generar una inequidad, ya que podría favorecer a Batres, quien actualmente ocupa un cargo que la posiciona frente a los demás aspirantes, comprometiendo así los principios de igualdad e imparcialidad que rigen la función electoral.
En la misma sesión, el Tribunal resolvió un total de 36 juicios relacionados con impugnaciones presentadas por aspirantes a cargos de juzgadores contra decisiones del INE, el Senado y el Comité de Evaluación del Poder Legislativo.
Con información de Latinus.