Culiacán, Sinaloa. A 31 de octubre de 2024.- El Congreso del Estado aprobó la minuta enviada por la Cámara Federal de Diputados con proyecto de Decreto que reforma el artículo 107 y se adiciona un quinto párrafo al artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de impugnabilidad de las adiciones o reformas a la Constitución federal.
El Congreso de Sinaloa es el número 17 de los Congresos estatales en aprobar estas reformas.
El Decreto propuesto por senadores y senadoras establece en el quinto párrafo a adicionar que:
“Son improcedentes las controversias constitucionales o acciones de inconstitucionalidad que tengan por objeto controvertir las adiciones o reformas a esta Constitución.
En la reforma al artículo 107, en su segundo párrafo, se deja igual el párrafo que señala que “las sentencias que se pronuncien en los juicios de amparo sólo se ocuparán de personas quejosas que lo hubieren solicitado, limitándose a ampararlas y protegerlas, si procediere, en el caso especial sobre el que verse la demanda. Tratándose de juicios de amparo que resuelvan la inconstitucionalidad de normas generales en ningún caso las sentencias que se dicten fijarán efectos generales.
Con la reforma, a este párrafo se le agrega la parte que establece que “no procederá el juicio de amparo contra adiciones o reformas a esta Constitución”.
La minuta que aprobó el Congreso del Estado también se envió al resto de los Congresos estatales y al de la Ciudad de México para su análisis y aprobación, por ser reforma constitucional.