La Comisión Permanente de Asuntos Obreros, Trabajo y Previsión Social del Congreso del Estado de Sinaloa aprobó por unanimidad enviar a la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión iniciativa que propone otorgar a las personas con dismenorrea permiso para ausentarse de su centro de trabajo de uno a tres días cada mes, con goce de salario íntegro.
En la reunión participaron los diputados y las diputadas Deisy Judith Ayala Valenzuela, Martín Vega Álvarez y Nancy Dalila Hernández Domínguez, presidenta, secretario y vocal respectivamente.
La Comisión dictaminadora elaboró el dictamen a partir del estudio de dos iniciativas presentadas, una de la diputada del Grupo Plural Gloria Himelda Félix Niebla y otra de la diputada con licencia Juana Minerva Vázquez González y el diputado con licencia César Ismael Guerrero Alarcón, el cual será presentado al Pleno para su discusión y votación.
El dictamen propone reformar la fracción XV del artículo 133, y adicionar la fracción XXVII Ter al artículo 132 y el artículo 170 Ter a la Ley Federal del Trabajo; y adicionar el artículo 28 bis a la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, reglamentaria del apartado b) del artículo 123 Constitucional, en materia de licencia menstrual (por dismenorrea), para las mujeres y personas trabajadoras menstruantes.
Con esta propuesta las mujeres y personas trabajadoras menstruantes diagnosticadas con dismenorrea primaria o secundaria en grado incapacitante, podrán solicitar permiso para ausentarse de su centro de trabajo de uno a tres días cada mes, con goce de salario íntegro.
Asimismo, se propone prohibir a los patrones o a sus representantes despedir a una trabajadora o coaccionarla directa o indirectamente para que renuncie, entre otros puntos, por presentar dismenorrea primaria o secundaria en grado incapacitante.
Para solicitar la licencia las personas menstruantes deberán presentar un certificado médico que cumpla con los requisitos previstos en la Ley General de Salud para su validez, expedido por un médico especialista en Ginecología, preferentemente, de alguna institución pública de seguridad social, que acredite el diagnóstico.
El certificado tendrá una vigencia de seis meses a partir de su expedición, al término del cual deberá realizarse la revaloración del diagnóstico; mismo que en ningún momento podrá ser considerado como enfermedad o riesgo de trabajo.
Miguel Ángel Cruz Hernández, como representante de Dirección de Asuntos Jurídicos y Proceso Legislativo en esta reunión, dio lectura al acuerdo que luego fue aprobado de manera unánime.