El Legislador integrante del grupo parlamentario del PRI propone que la omisión de enterar en tiempo y forma las aportaciones o cuotas que se realicen al salario de los trabajadores sea constituida como falta administrativa grave.
Culiacán, Sinaloa.- Con el propósito mejorar la gestión financiera y el desempeño de las entidades fiscalizadas, hoy el diputado Sergio Mario Arredondo Salas, presidente de la Comisión de Fiscalización del Congreso del Estado presentó una iniciativa para modificar la Ley de Pensiones y la Ley de Responsabilidades Administrativas, ambas del Estado de Sinaloa.
Entrevistado al respecto, el legislador integrante del Grupo Parlamentario del PRI informó que, dicha iniciativa tiene por objeto, que la omisión de enterar en tiempo y forma ante el Instituto de Pensiones, las aportaciones o cuotas que se realicen al salario de los trabajadores constituya una falta administrativa grave, de igual forma, que se contemple como desvío de recursos públicos, el otorgamiento o autorización, para sí o para otros, del pago de una remuneración en contravención con los tabuladores que al efecto resulten aplicables.
Arredondo Salas, quien ha sido de los diputados más activos de la LXIV Legislatura, expuso que la iniciativa presentada en su sentido de evitar que se lesione la seguridad social de los trabajadores del Estado, abarca también que el otorgamiento o autorización, para sí o para otros, de pagos de jubilaciones, pensiones o haberes de retiro, liquidaciones por servicios prestados, préstamos o créditos que no estén previstos en la ley, decreto legislativo, contrato colectivo, contrato ley o condiciones de trabajo, establezca un vínculo normativo entre la Ley de Responsabilidades Administrativas y la Ley de Pensiones de la entidad.
Señaló que esta iniciativa pretende armonizar la Ley de Responsabilidades Administrativa del Estado de Sinaloa con la Ley General de Responsabilidades Administrativas, tema de suma importancia en el fortalecimiento de transparencia y rendición de cuentas.
“Es un tema de suma importancia, la omisión de los Empleadores de enterar en tiempo y forma ante el Instituto de Pensiones, las aportaciones o cuotas que se realicen al salario de los trabajadores, asimismo, establecer en dicha Ley el desvío de recursos públicos”, concluyó.