El 30 de agosto de 2021, la Comisión de Comunicaciones y Obras Públicas de la LXIII Legislatura del Congreso del Estado de Sinaloa realizó el FORO denominado REGULACIÓN DE PLATAFORMAS DIGITALES COMO MEDIO DE TRANSPORTE EN SINALOA, mismo que se transmitió en vivo a través de la cuenta oficial del Congreso del Estado de Sinaloa en la red social denominada Facebook Live.
Es evidente que la presidente de la citada Comisión – diputada Flora Isela Miranda Leal- y su secretaria técnica desconocen la Ley de Movilidad Sustentable del Estado de Sinaloa, así como su falta de conocimiento en materia de movilidad y transporte.
A pesar de esto, con prisa, impulsan la reforma a esta Ley para adicionar a las empresas de redes de transporte y el servicio de transporte privado por medio de aplicación digital.
En ese Foro quedó clara la urgencia por proteger los intereses de las empresas de redes de transporte, antes de que termine sus funciones la LVIII Legislatura. Para hacerles “el traje a la medida”, se han apoyado en las iniciativas número 596 y 1113, que se encuentran en el proceso legislativo.
La presidente de la citada Comisión y su secretaria técnica dejan de ver que su función es legislar en favor de la Sociedad. Su deber es velar por los intereses de los usuarios del servicio de transporte, como miembros de la comunidad.
Buscan establecer en Sinaloa un paraíso legal en favor de esas empresas, en perjuicio del servicio público de transporte ofreciéndole ventaja de que presten servicio de transporte sin necesidad de concesión, autorización, ni permiso de la autoridad competente; que sean ellas mismas las que determinen el número de vehículos a utilizar en la prestación del servicio y cuales personas pueden o no prestar dicho servicio. Sin importar el interés de la Sociedad, pretenden que estas empresas, a su conveniencia, fijen las tarifas a cobrar al usuario y el método de pago que se podrá utilizar. Pretenden, así, liberarlas del cumplimiento de otras disposiciones contenidas en la Ley de Movilidad Sustentable del Estado de Sinaloa.
Tal parece que su intención es sustituir a la autoridad competente en movilidad y transporte por este tipo de empresas y lesionar gravemente al transporte concesionado.
De lo expresado por quien convocó al citado Foro, y por quien llevó la conducción del mismo, se revela una premura irresponsable para sacar de último minuto la reforma a la Ley de Movilidad Sustentable del Estado de Sinaloa y extender un “cheque en blanco” a las empresas de redes de transporte. También se puso en evidencia el distanciamiento entre los conductores de plataformas digitales y éstas. Tienen intereses contrarios entre sí.
Es claro que reformar la citada Ley, en la forma que se pretende, lesiona el interés público, pues se privilegiaría el interés particular. El interés particular estaría por encima del interés de la sociedad.
Dicha representante social y su secretaria técnica hacen caso omiso de la iniciativa número 1201 presentada por el gremio del transporte concesionado. En ésta, se propone regular las plataformas digitales para el servicio público de transporte; que el propietario de una plataforma digital se registre ante la autoridad competente, sujetándose a su supervisión y vigilancia, así como a los procedimientos de infracciones y sanciones previstas en la propia Ley de Movilidad Sustentable del Estado de Sinaloa.
Es su deber tomar en consideración esta iniciativa, pues, además, es la única iniciativa turnada a la Comisión de Comunicaciones y Obras Públicas.
Lo irónico es que la representante social ni siquiera se ha percatado de la realidad en el transporte por plataformas digitales. Prevalece la impunidad. Es del conocimiento general que, en la actualidad, hasta los conductores que iniciaron con estas empresas ofertan sus servicios abiertamente de manera independiente.
La aplicación discrecional de la Ley de Movilidad Sustentable del Estado de Sinaloa y la ausencia de su Reglamento han causado un grave problema en materia de transporte público. Van más de 870 días sin que se expida este Reglamento.
– Atentamente
– Sindicato Estatal de Autotransportes y Conexos “Fernando Amilpa”
– Federación de Autotransportistas del Estado de Sinaloa, A.C.