La Comisión de Protocolo y Régimen Orgánico Interior aprobó siete proyectos de determinación de igual número de iniciativas que proponen reformar, derogar y adiciones a diversas leyes.

Los proyectos aprobados corresponden a las siguientes iniciativas:

*Adicionar la fracción XXXIII al artículo 3 y la fracción VI al artículo 103 ambas de la Ley de las Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Sinaloa.

Tiene como objeto garantizar el perfil idóneo de la persona que vaya a desempeñar el cargo de Titular de la Procuraduría de Protección.

*Reformar la Ley de Desarrollo Rural Sustentable del Estado de Sinaloa.

Tiene como objeto eliminar la limitación de la operatividad en la definición del Consejo Estatal, y promover la participación del Consejo Estatal en los ámbitos que corresponden a las acciones gubernamentales, y propone la creación de comisiones básicas para generar la participación y discusión de los asuntos que trate la Ley.

*Expedir Ley del Instituto de Bomberos del Estado de Sinaloa.

Tiene como objeto expedir la Ley del Instituto de Bomberos del Estado de Sinaloa; establecer las bases para la creación, organización y funcionamiento del Instituto; generar reglas para la integración de las Asociaciones Civiles de Bomberos; y regular la figura del Patronato de Bomberos.

*Reformar el artículo 21 y el artículo 40 de la Ley de Salud Mental del Estado de Sinaloa.

Tiene como objeto que el personal de salud, adultos mayores y grupos vulnerables tengan prioridad en la atención a su salud mental cuando exista alguna emergencia sanitaria, condición de aislamiento o distanciamiento social.

*Reformar la denominación del Título Cuarto “Delitos Contra la Moral Pública”, de la Sección Tercera, Parte Especial del Libro Segundo, para quedar como “Delitos Contra el Libre Desarrollo de la Personalidad” del Código Penal para el Estado de Sinaloa.

Tiene como objeto dar certeza jurídica a las niñas, niños y adolescentes víctimas de delitos de corrupción de menores, pornografía infantil, turismo sexual, lenocinio y trata de personas.

*Adicionar un segundo y tercer párrafo al artículo 54 y recorrer en el orden subsecuente, de la Ley de Educación para el Estado de Sinaloa.

Tiene como objeto incluir programas permanentes para facilitar la conclusión de los estudios profesionales de los educandos que por alguna razón debieron interrumpirlos.

*Reformar el artículo 16, fracción I, la fracción XVII del artículo 47 de la Ley de Protección Civil del Estado de Sinaloa; y reformar la fracción XIV del artículo 96 de la Ley Orgánica del Congreso del Estado de Sinaloa.

Tiene como objeto que las entidades de la administración pública, tengan personal capacitado en materia de Primeros auxilios, protocolos de evacuación o cualquier metodología de prevención que evite accidentes o lesiones en todo momento.

Aprobaron los proyectos de Determinación los diputados y diputadas José Antonio Crespo López, Andrés Gilberto Rodelo Cárdenas, Graciela Domínguez Nava y Ana Hermelinda Noverola Rendón, presidente, secretario y vocales de la comisión, respectivamente.