En 2024 entrará en vigor la reforma al artículo 24 de la Constitución Política del Estado aprobada en 2017, para reducir, de 40 a 30, el número de diputados en Congreso de Sinaloa.
Ante el Pleno se aprobó el dictamen de la Comisión de Puntos Constitucionales y Gobernación para prolongar la entrada en vigor de esta reforma constitucional.
“La reforma del artículo 24 relativa a la integración del Congreso del Estado, entrará en vigor el primero de febrero de 2023, para ser aplicable al proceso electoral local 2023-2024”, dice el dictamen que fue aprobado con 34 votos y 2 en contra.
Aprobado el dictamen se girará copia del expediente a todos los Ayuntamientos, quienes deberán dar su voto dentro de los quince días siguientes y aprobado por la mayoría absoluta de ellos, quedará incorporada la reforma en el texto de la Constitución
La Comisión de Puntos Constitucionales y Gobernación dictaminó iniciativa que el pasado 18 de julio presentaron integrantes de la Junta de Coordinación Política.
El 28 de marzo de 2017, fue aprobado por el Pleno del Congreso, el Decreto número 105, por el cual se reforman los párrafos primero, tercero, cuarto y séptimo del artículo 24 de la Constitución Política del Estado de Sinaloa.
En dicho decreto se dispuso que la reforma del artículo 24 relativa a la integración del Congreso del Estado, entrará en vigor el primero de febrero de 2020, para ser aplicable al proceso electoral local 2020-2021.
Sin embargo, el 18 de julio pasado, integrantes de la JUCOPO presentaron iniciativa para prolongar la entrada en vigor de la reforma al artículo 24.
De acuerdo con el dictamen, se advierte que para que la reforma aprobada en 2017 entre en vigor, conlleva la realización de actividades con un alto grado de complejidad técnica y dificultad, mismas que no podrían cumplirse a cabalidad en los plazos que se contemplan, tales como los cambios a la distritación actual en términos de la nueva legislación y armonización de las leyes secundarias.
Tomando en cuenta que la delimitación de los Distritos Electorales y las secciones electorales en las que dichos distritos se subdividan corresponde al Instituto Nacional Electoral, para lo cual su Consejo General debe realizar los estudios conducentes; así como emitir y aprobar los criterios generales correspondientes, previo a los respectivos procesos electorales en que vaya aplicarse.
Dichos criterios requieren contar con reglas operativas que aporten elementos técnicos que permitan aplicar en forma práctica lo que establece cada uno. De esa manera, los criterios y reglas operativas de referencia marcarán la pauta para el inicio de trabajos de una nueva delimitación de las demarcaciones distritales, a través de indicadores establecidos y operados por el INE.
Para la definición de los criterios aludidos, deben tomarse en consideración diversos factores como la población, las condiciones geográficas, los tiempos de traslado prevalecientes en las distintas zonas de la entidad, los factores socioeconómicos y accidentes geográficos, entre otros.
Por la complejidad de las actividades previas a realizar, así como por los actores que en ellas intervienen y para no afectar los principios de certeza y seguridad jurídica, rectores de la materia electoral, esta Comisión Dictaminadora advierte que no es suficiente la vacatio legis fijada para que la reforma al artículo 24 de la Constitución Política del Estado comience a surtir sus efectos jurídicos.
Razón por la cual, requiere que la norma se aplique durante una porción de tiempo más prolongada y que entre en vigor el primero de febrero de 2023, para ser aplicable al proceso electoral local 2023-2024 y al Congreso del Estado, concederle un plazo que no deberá de exceder el primero de febrero de 2023, para armonizar la legislación electoral conforme a dicho artículo 24.
La comisión dictaminadora considera que la prolongación de la vacatio legis deviene necesaria, ya que con ella se pretende la protección más amplia de los derechos civiles y políticos de los ciudadanos, máxime cuando la finalidad última es que cada voto emitido tenga el mismo valor, por servir siempre para elegir un número similar de representantes.