Diputados aprobaron el dictamen de la Comisión de Seguridad Pública que elimina el tatuaje como limitante para pertenecer en Sinaloa a las instituciones policiales.

En la sesión del miércoles 24 de julio, la Comisión de Seguridad aprobó un dictamen que deroga la fracción V del Artículo 244, de la Ley de Seguridad Pública del Estado de Sinaloa.
Este dictamen que elaboró la Comisión de Seguridad Pública tuvo su primera lectura en la sesión de este martes 30 de julio y hoy se dispensó su segunda, se discutió y votó.
La ley actual en su artículo 244 hace referencia a los requisitos para los aspirantes a pertenecer a las instituciones policiales.
En la fracción V del artículo 244 el requisito que se exige es no contar con tatuajes permanentes que resulten visibles aun vistiendo el pantalón y la camisa de manga corta de la policía preventiva.
A la Comisión le fue turnada para su estudio y elaboración de dictamen, la iniciativa con proyecto de decreto que propone derogar la fracción V del artículo 244 de la Ley de Seguridad Pública, presentada por la ciudadana Emma Karina Millán Bueno.
La Comisión dictaminadora coincidió con la propuesta relativa con derogar el requisito para los aspirantes a pertenecer a las instituciones policiales, de no contar con tatuajes permanentes que resulten visibles aun vistiendo el pantalón y la camisa de manga corta de la policía preventiva.
Al respecto el artículo 123 de la Constitución Federal, señala entre otros aspectos, que toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil.
En ese orden se considera pertinente la propuesta para derogar la fracción V del artículo 244 de la Ley de Seguridad Pública del Estado, considerando que la igualdad y la no discriminación son principios básicos de las normas internacionales de derechos humanos.
Toda persona, sin distinción, tiene derecho a disfrutar de todos los derechos humanos, incluidos el derecho a la igualdad de trato ante la ley y el derecho a ser protegido contra la discriminación por diversos motivos, incluidos los del trabajo.
Esta Comisión reconoció la importancia de garantizar medidas progresivas tendientes a cerrar brechas de desigualdad que afectan a la población y promover con ello un cambio cultural.
Asimismo considera que el derecho al trabajo, es un derecho fundamental y esencial para la realización de otros, motivo por el cual la imagen personal no debe constituir formas de discriminación laboral ni de ninguna otra índole.
Esta Comisión de Seguridad Pública resolvió pertinente derogar la fracción V del artículo 244 de la Ley de Seguridad Pública del Estado de Sinaloa, propuesta en dictamen que fue aprobado ante el Pleno en la sesión de este jueves 31 de julio.