El Congreso del Estado instaló el Comité Técnico Asesor que se encargará de organizar la consulta indígena para expedir una nueva Ley Orgánica de la Universidad Autónoma Intercultural de Sinaloa.
Previo a la declaratoria de instalación del Comité Técnico Asesor, Graciela Domínguez Nava, presidenta de la Junta de Coordinación Política expuso que ya es una realidad incontrovertible e ineludible el derecho de los pueblos y comunidades indígenas a ser consultados sobre todos los temas que les afecten.
No sólo como cumplimiento constitucional o convencional sino como una garantía efectiva de participación de los pueblos y comunidades indígenas, mencionó en su discurso donde destacó también que más allá del acatamiento de una resolución judicial, en un genuino reconocimiento a ese derecho, la 63 Legislatura se apresta a realizar la Consulta Indígena.
Esta consulta se va a realizar mediante procedimientos culturalmente adecuados, informados y de buena fe, de conformidad con las directrices establecidas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación y por la Corte Interamericana de Derechos Humanos y por el Derecho Internacional, prosiguió Domínguez Nava.
Esto con la finalidad de llegar a acuerdos para lograr la expedición de una nueva ley que contribuya a mejorar el ejercicio efectivo del derecho a la educación superior por parte de dichos pueblos y comunidades, prosiguió la legisladora presidenta de la JUCOPO.
Flor Emilia Guerra Mena, presidenta de la Comisión de Educación Pública y Cultura, presentó los motivos y fundamentos de la consulta, señalando que el 19 de agosto de 2016, es publicada en el Periódico Oficial El Estado de Sinaloa, la Ley Orgánica de la Universidad Autónoma Intercultural de Sinaloa, expedida mediante el decreto número 624.
Sin embargo, dijo, el 19 de septiembre del mismo año, Luis Raúl González Pérez, en su carácter de Presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, promovió acción de inconstitucionalidad en la que solicitó la invalidez de la norma general, señalando como autoridades responsables al Congreso y al Gobernador del Estado.
El primer concepto de invalidez esgrimido por la Comisión Nacional, consiste en que la expedición de la Ley Orgánica de la UAS, violó el derecho a la consulta previa de los pueblos y comunidades indígenas, contemplado en el artículo 2o., apartado B, fracción II, de la Constitución Federal y en los artículos 6o. y 7o. del Convenio de la Organización Internacional del Trabajo Sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes, manifestó.
Guerra Mena enfatizó que el segundo concepto de invalidez combatía específicamente los artículos 2, fracción III, 13 y 23 de dicha ley orgánica.
El 28 de junio de 2018 el Pleno de la Suprema Corte emitió la sentencia correspondiente a la Acción de Inconstitucionalidad 84/2016, dijo.
El primer concepto fue considerado fundado por el máximo tribunal mexicano resolviendo la invalidez total de la Ley Orgánica consagrada en el decreto 624.
Sin embargo, mencionó, para no trastocar la vida de la Universidad, la Corte resolvió que los efectos de invalidez de su sentencia no surtan sus efectos sino después de transcurridos doce meses contados a partir del día siguiente de su publicación de la sentencia en el Diario Oficial de la Federación, lo que sucedió el día 26 de noviembre de 2016.
De tal suerte, explicó la diputada, que el Congreso pueda hacer la consulta a los pueblos indígenas, como lo mandata la Constitución y el Convenio de la OIT y legisle lo correspondiente con los ajustes que se estime pertinente.
En virtud de que el Estado de Sinaloa, como la gran mayoría de las entidades del país, carece de legislación específica sobre esta materia, la JUCOPO aprobó el día 6 de mayo de 2019, el Documento Base para la Consulta Sobre la Expedición de una Nueva Ley Orgánica de la Universidad Autónoma Intercultural de Sinaloa, que será, junto con la Ley Orgánica del Congreso, el marco jurídico que regulará esta consulta.
Marco César Almaral Rodríguez, presidente de la Mesa Directiva clausuró el acto de instalación del Comité Técnico Asesor, donde estuvieron Gildardo Leyva Ortega y Jesús Angélica Díaz Quiñónez, presidentes de las comisiones, de Asuntos Indígenas y Derechos Humanos, respectivamente.
Integrantes del Comité Técnico Asesor
José Antonio Ríos Rojo
Secretario General
Congreso del Estado
Dip. Horacio Lora Oliva
Presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales y Gobernación
Dip. Jesús Angélica Díaz Quiñónez
Presidenta de la Comisión de Derechos Humanos
Dip. Gildardo Leyva Ortega
Presidente de la Comisión de Comunidades y Asuntos Indígenas
Dip. Flor Emilia Guerra Mena
Presidenta de la Comisión de Educación Pública y Cultura
Martín Servando Bojórquez Ruiz
Instituto Nacional de Pueblos Indígenas
José Ricardo Peñuelas Castro
Comisionado para la Atención de las Comunidades Indígenas de Sinaloa de Gobierno del Estado
Rigoberto Ocampo Alcántar
Subsecretario de Educación Media Superior, de la Secretaría de Educación Pública y Cultura del Gobierno del Estado de Sinaloa
María Guadalupe Ibarra Ceceña
Rectora de la Universidad Autónoma Indígena de Sinaloa
Gabino Lázaro López
Egresado de la UAIS y solicitante de la acción de inconstitucionalidad
Librado Bacasegua Elenes
Representación de las Comunidades Indígenas de Sinaloa
Román Rubio López
Representando a organizaciones de la sociedad civil indígena de Sinaloa
Jorge López Hernández y Florencio Cubas Guzmán
Representantes académicos de las organizaciones de la sociedad civil indígena
José Isidro Tineo Mendéz y Juan Cristian Zepeda Ortega
Subsecretaría de Desarrollo Democrático, Participación Social y Asuntos Religiosos de la Secretaría de Gobernación del Gobierno federal
Jesús Soto Zazueta
Comisión Estatal de Derechos Humanos del Estado de Sinaloa
Observador